Alcoholemia: Cancelación antecedentes penales

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Alcoholemia: Antecedentes penales

Ante una condena por alcoholemia, sea en un procedimiento de juicio rápido sea procedimiento abreviado, en definitiva, en un procedimiento penal, cabe preguntarse ¿cuándo puedo cancelar antecedentes penales? La respuesta es que depende del tiempo de condena.

Para contestar de forma concreta a cuándo se pueden cancelar antecedentes penales si ha habido una condena por alcoholemia, es preciso tener presentes distintos artículos del Código Penal:

Artículo 379 CP: En el mismo se contemplan las penas a las que puede ser condenado una persona que conduzca bajo de la influencia de bebidas alcohólicas o drogas (como es la pena de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y en todo caso, la privación del derecho a conducir vehículos a motor por tiempo de 1 a 4 años.

Artículo 136 CP: En este precepto se recogen los plazos que deben transcurrir desde el cumplimiento de la pena para poder cancelar antecedentes penales, que son:

a) Seis meses para las penas leves.

b) Dos años para las penas que no excedan de doce meses y las impuestas por delitos imprudentes.

c) Tres años para las restantes penas menos graves inferiores a tres años.

d) Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a tres años.

e) Diez años para las penas graves.

Artículo 33 CP: En este artículo se indica que se entiende por pena grave, menos grave y leve.

En el caso de los delitos contra la seguridad vial, en los casos de condena por alcoholemia, es una pena grave la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 8 años. Por su parte, son penas menos graves, la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de un 1 y un día a 8 años y la multa de más de 3 meses. Por último, son penas leves, la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de 3 meses a 1 año y la multa de hasta 3 meses.

En virtud de todo lo anterior, si una persona, por ejemplo, es condenada a la pena de 4 meses de multa y a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y por tiempo de ocho meses y dos días, una vez cumplida la pena, tendrá que esperar dos años para poder cancelar antecedentes penales.